Disposición adicional primera. Planes y programas.
El Gobierno, a propuesta de los Ministerios competentes, desarrollará planes y programas de actuaciones dirigidos a facilitar la reutilización de la información del sector público en aras de promover el crecimiento del sector de contenidos digitales, pudiendo establecer con el resto de las Administraciones públicas los mecanismos de colaboración que se estimen pertinentes para la consecución de dicho objetivo.
Texto oficial de Ley de Reutilización de la Información Pública (BOE-A-2007-19814). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Planes y programas. — Ley de Reutilización de la Información Pública · BOE Fácil