TÍTULO IV. De la prescripción de las reclamaciones y régimen sancionador
Artículo 169. Prescripción de las reclamaciones.
El plazo de prescripción para presentar reclamaciones con arreglo a este libro será de dos años.
> <small>Se añade por el art. 4.2 del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17769](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17769)</small>
Texto oficial de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE-A-2007-20555). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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