Capítulo VI. Mejora y flexibilización del mercado hipotecario
Disposición final novena. Carácter básico y títulos competenciales.
1. La presente Ley tendrá el carácter de legislación básica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución, con excepción del capítulo V, que se dicta, exclusivamente, al amparo del artículo 149.1.8.ª de la Constitución.
2. Además del carácter básico establecido en el apartado anterior, los capítulos II, III y VI, la disposición adicional primera y las disposiciones finales primera, segunda y tercera, se dictan, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución.
Texto oficial de Ley de Hipotecas Inversas (BOE-A-2007-21086). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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