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TÍTULO VIII. Financiación y Hacienda · CAPÍTULO IV. De la financiación y las haciendas de los Consejos Insulares

Artículo 138. Recursos de los Consejos Insulares.

Texto oficial de Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (BOE-A-2007-4233). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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