TÍTULO II. Políticas públicas para la igualdad · CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 22. Acciones de planificación equitativa de los tiempos.
Con el fin de avanzar hacia un reparto equitativo de los tiempos entre mujeres y hombres, las corporaciones locales podrán establecer Planes Municipales de organización del tiempo de la ciudad. Sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, el Estado podrá prestar asistencia técnica para la elaboración de estos planes.
Texto oficial de Ley Orgánica de Igualdad (BOE-A-2007-6115). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Acciones de planificación equitativa de los tiempos. — Ley Orgánica de Igualdad · BOE Fácil