Artículo 36. La igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública.
Los medios de comunicación social de titularidad pública velarán por la transmisión de una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres en la sociedad, y promoverán el conocimiento y la difusión del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
Texto oficial de Ley Orgánica de Igualdad (BOE-A-2007-6115). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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