Disposición final cuarta. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
Mediante este real decreto se incorporan al ordenamiento jurídico interno las Directivas 96/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, y 2006/2/CE de la Comisión, de 6 de enero de 2006, por la que se modifica, para su adaptación al progreso técnico, el anexo II de la Directiva 96/73/CE.
> <small>Se renumera por el art. único.2 del Real Decreto 1522/2007, de 16 de noviembre. [Ref. BOE-A-2007-20985](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-20985).</small>
> <small>Su anterior numeración era disposición final 3.</small>
Texto oficial de Análisis de Mezclas de Fibras Textiles (BOE-A-2007-744). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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