CAPÍTULO II. Procedimiento de tramitación de la autorización ambiental integrada · Sección 1.ª Normas comunes
Artículo 5. Informe urbanístico.
El informe urbanístico regulado en el artículo 15 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, es independiente de la licencia de obras o de cualquier otra licencia o autorización exigible. No obstante las cuestiones sobre las que se pronuncie dicho informe vincularán al ente local en el otorgamiento de las licencias o autorizaciones que sean exigibles.
Texto oficial de Real Decreto 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación (BOE-A-2007-8352). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Informe urbanístico. — Real Decreto 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación · BOE Fácil