Disposición adicional novena. Ciclos formativos de Formación Profesional Básica.
**(Derogada).**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.1.b) del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. [Ref. BOE-A-2023-9553#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-9553)</small>
> <small>Téngase en cuenta para su aplicación, las disposiciones transitoria única.1 y final 9 del citado decreto.</small>
> <small>Se añade por el art. 1.3 del Real Decreto 665/2015, de 17 de julio. [Ref. BOE-A-2015-8043](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8043).</small>
> <small>Téngase en cuenta para su aplicación la disposición final 1 del citado decreto.</small>
Texto oficial de Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria (BOE-A-2008-19174). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.