El presente real decreto tiene por objeto establecer las normas complementarias que sean precisas en materia de convocatoria, voto y desarrollo del procedimiento de elección de representantes de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en el Consejo de la Guardia Civil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56.9 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
Texto oficial de Real Decreto 1963/2008, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla el Régimen Electoral del Consejo de la Guardia Civil (BOE-A-2008-19273). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Real Decreto 1963/2008, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla el Régimen Electoral del Consejo de la Guardia Civil · BOE Fácil