1. Se crea la Comisión Interministerial para la Juventud, configurándose como el órgano específico de programas en materia de juventud de la Administración General del Estado, con las funciones, composición y funcionamiento que se establece en el presente real decreto.
2. El órgano colegiado queda adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia.
> <small>Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.1 del Real Decreto 608/2025, de 8 de julio. [Ref. BOE-A-2025-15940#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-15940)</small>
Texto oficial de Comisión Interministerial para la Juventud (BOE-A-2008-19525). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Creación y adscripción. — Comisión Interministerial para la Juventud · BOE Fácil