CAPÍTULO II. Edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil»
Artículo 6. Estructura de la edición electrónica del diario.
El contenido de la edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se organiza en las siguientes secciones y apartados, según lo previsto en el artículo 420 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio:
Sección primera: Empresarios
Actos inscritos
Otros actos publicados en el Registro Mercantil.
Sección segunda: Anuncios y avisos legales
Texto oficial de Edición Electrónica del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BOE-A-2008-19826). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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