TÍTULO II. De los procedimientos en materia de defensa de la competencia · CAPÍTULO IV. Del procedimiento arbitral
Artículo 78. Gastos.
Los arbitrajes a que se refiere este capítulo serán gratuitos, exceptuados los gastos generados por la práctica de las pruebas, cuyo pago corresponderá, salvo acuerdo expreso de las partes, a la parte que las propuso. Los gastos derivados de las pruebas practicadas de oficio se satisfarán por partes iguales.
###### Artículos 72 a 78.
**(Derogados)**
> <small>Se derogan por la disposición derogatoria única del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto. [Ref. BOE-A-2013-9212](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-9212).</small>
Texto oficial de Reglamento de Defensa de la Competencia (BOE-A-2008-3646). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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