CAPÍTULO II. Organización · Sección primera. Organización, régimen de funcionamiento e incompatibilidades
Artículo 8. Régimen del Consejo Rector y de los órganos de apoyo colegiados.
El Consejo Rector y los órganos colegiados de apoyo se regirán por lo dispuesto en el presente Estatuto y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en las normas de funcionamiento que, en su caso, aprueben de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del Título II de dicha Ley.
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