CAPÍTULO II. Plan extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral
Artículo 12. Órganos gestores.
1. La gestión de las subvenciones por búsqueda de empleo reguladas en el artículo 9 corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal y a los órganos o entidades correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de gestión de las políticas activas de empleo respecto de los trabajadores inscritos en las oficinas de empleo de su ámbito territorial.
2. Para la gestión de las subvenciones para facilitar la movilidad geográfica reguladas en el artículo 10 será competente el Servicio Público de Empleo Estatal o los órganos o entidades correspondientes de las Comunidades Autónomas en cuyo ámbito territorial se realice el itinerario personalizado de inserción.
Texto oficial de Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE-A-2008-6994). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Órganos gestores. — Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica · BOE Fácil