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real decreto · BOE-A-2009-12937

Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas

Estado
Vigente
Publicación
4/8/2009
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece las normas mínimas de ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones de ganado porcino en sistema de producción extensivo.

A quién afecta: Titulares de explotaciones de ganado porcino extensivo.

  • Regula las condiciones de base territorial, régimen alimentario y manejo e instalaciones del subsector porcino extensivo, conforme a la normativa de higiene, sanidad y bienestar animal.
  • Clasifica las explotaciones porcinas extensivas según su orientación zootécnica: de selección, de multiplicación y otras categorías.
  • Fija una densidad ganadera máxima de 15 cerdos de cebo por hectárea (2,4 unidades de ganado mayor por hectárea), con equivalencias según la categoría de los animales.
  • Obliga a los titulares a llevar un libro de registro de explotación actualizado, con datos conservados durante al menos tres años.
¿Cuál es la densidad ganadera máxima permitida en una explotación porcina extensiva?

15 cerdos de cebo por hectárea, equivalente a 2,4 unidades de ganado mayor por hectárea.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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