TÍTULO III. De los Bienes y Derechos Públicos · CAPÍTULO II. Mutaciones demaniales entre Administraciones Públicas
Artículo 76. Resolución.
Si concurriera alguna de las causas de resolución previstas, o el bien o derecho fuera necesario para los fines propios de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos, se acordará la misma, que surtirá efecto con la suscripción del acta correspondiente por las partes, o en su caso, por acta de toma de posesión levantada por la Dirección General del Patrimonio del Estado.
Texto oficial de Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE-A-2009-14788). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 76. Resolución. — Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas · BOE Fácil