TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales · C = [(n/N) – (jr × 1,304/N)] bc × tc
Disposición adicional tercera. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro.
Las instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la ampliación de la carencia concedida a dieciséis años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.
Texto oficial de Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (BOE-A-2009-20765). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro. — Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 · BOE Fácil