CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes a los dos registros
Artículo 16. Información sobre las obligaciones de declarar.
Cuando la Oficina de Conflictos de Intereses tenga conocimiento de la toma de posesión o de cese en un alto cargo, como consecuencia de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o por las comunicaciones a que se refiere el artículo 2 del presente Reglamento, se dirigirá a él informándole sobre las obligaciones de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, en relación con el ejercicio de otras actividades públicas o privadas, y, en especial, sobre las obligaciones de formular las declaraciones a que se refiere la Ley.
Texto oficial de Real Decreto 432/2009, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado (BOE-A-2009-6168). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.