TÍTULO IV. Control del dopaje · CAPÍTULO IV. Realización de controles y toma de muestras · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 49. Medios de detección del dopaje.
Texto oficial de Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de las salud en el deporte (BOE-A-2009-7628). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
