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real decreto · BOE-A-2009-9837

Real Decreto 972/2009, de 12 de junio, por el que se dispone la formación del Censo Agrario de 2009

Estado
Vigente
Publicación
13/6/2009
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Este real decreto dispone la realización por el Instituto Nacional de Estadística del Censo Agrario de 2009, con referencia a la campaña agrícola 2008-2009.

A quién afecta: Explotaciones agrarias del territorio nacional y Administraciones públicas que colaboran en la recogida de datos.

  • El Instituto Nacional de Estadística realiza el Censo Agrario 2009 en todo el territorio nacional, con referencia a la campaña agrícola 2008-2009.
  • La recogida de datos con carácter exhaustivo se realiza del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2009, y la recogida muestral en el primer cuatrimestre de 2010.
  • Las Administraciones del Estado, autonómicas y locales colaboran con el Instituto Nacional de Estadística en los trabajos de formación del Censo.
  • El Instituto Nacional de Estadística puede efectuar trabajos previos y ensayos necesarios antes de la formación del Censo.
¿Qué organismo realiza el Censo Agrario de 2009?

El Instituto Nacional de Estadística, con referencia a la campaña agrícola 2008-2009.

¿En qué periodo se recogieron los datos de forma exhaustiva?

Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2009, complementada con una recogida muestral en el primer cuatrimestre de 2010.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 13 de junio de 2009

    Real Decreto 972/2009, de 12 de junio, por el que se dispone la formación del Censo Agrario de 2009 — versión original 2009

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Censo Agrario de 2009 · BOE Fácil