real decreto · BOE-A-2010-10153
Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 26/6/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto desarrolla parcialmente la Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva, en lo relativo al comité clínico que interviene en casos de interrupción del embarazo por enfermedad fetal grave, y a la información que deben recibir las mujeres antes de prestar su consentimiento.
A quién afecta: Comités clínicos designados por las comunidades autónomas, y centros sanitarios públicos y privados acreditados.
- El comité clínico es un órgano colegiado consultivo, de naturaleza técnico-facultativa, designado por cada comunidad autónoma.
- Interviene en los supuestos en que se detecta en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico.
- Regula la información general que las autoridades sanitarias deben facilitar sobre los métodos, condiciones legales y centros acreditados.
- Establece la información previa al consentimiento que debe entregarse a la mujer en cada uno de los supuestos legales previstos.
¿Qué es el comité clínico regulado en este real decreto?
Un órgano colegiado consultivo de naturaleza técnico-facultativa, designado por cada comunidad autónoma, que interviene en los supuestos de interrupción del embarazo por enfermedad fetal grave e incurable.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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