Disposición adicional cuarta. Medidas de simplificación administrativa y racionalización de las solicitudes de información a los agentes del sistema gasista.
Con anterioridad al 1 de septiembre de 2011, la Comisión Nacional de Energía (CNE) en colaboración con la Dirección General de Política Energética y Minas, las Comunidades Autónomas, la Corporación de Reservas Estratégicas (CORES), la Asociación Española del Gas (SEDIGAS) y el Gestor Técnico del Sistema Gasista (GTS) presentará a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de industria, Turismo y Comercio, una propuesta para simplificar y racionalizar todas las peticiones de información que se realizan a los agentes del sistema gasista en cumplimiento de lo establecido por la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y su normativa de desarrollo, tanto por parte de las autoridades y organismos competentes (CNE y CORES) como del GTS y resto de agentes del sistema gasista.
Texto oficial de Orden ITC/1890/2010, de 13 de julio, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros y las retribuciones reguladas en el sistema del gas natural (BOE-A-2010-11181). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.