II
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de la competencia para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas, asumida por la Comunidad.
Texto oficial de Ley de Cesión de Tributos del Estado a Cataluña de 2010 (BOE-A-2010-11410). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
