ley · BOE-A-2010-11410
Ley 16/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Cataluña y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 17/7/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Esta ley fijó el nuevo régimen de cesión de tributos del Estado a Cataluña dentro del sistema de financiación autonómica de 2009: le cede el 50 por ciento del IRPF recaudado en su territorio, además de otros impuestos cedidos, derogando el anterior régimen de cesión de 2002.
A quién afecta: Comunidad Autónoma de Cataluña y contribuyentes residentes en su territorio.
- El artículo 1 cede a Cataluña el 50 por ciento del rendimiento del IRPF producido en su territorio, entre otros tributos.
- El artículo 2 remite el alcance y condiciones de la cesión a la Ley 22/2009 del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas.
- El artículo única de las disposiciones derogatorias suprimió, con efectos desde el 1 de enero de 2009, el anterior régimen de cesión de tributos de 2002.
¿Qué porcentaje del IRPF recaudado en Cataluña se cede a la Generalitat según esta ley?
El 50 por ciento, según el artículo 1, dentro del nuevo régimen de cesión de tributos vinculado al sistema de financiación autonómica de 2009.
Normas relacionadas
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Estatuto de Autonomía de Cataluña (4 menciones)
- Modifica a: Estatuto de Autonomía de Cataluña (1 notas)
- Modificada por: Ley de Cesión de Tributos a Cataluña de 2022 (1 notas)
Historial y versiones
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