La presente orden tiene por objeto establecer, de acuerdo con la normativa comunitaria, los procedimientos para:
a) El control de acceso a puertos españoles de buques pesqueros de terceros países, así como las operaciones de desembarque y trasbordo que éstos realicen.
b) La entrada por cualquier vía de productos pesqueros capturados por buques pesqueros de terceros países, y su re-exportación desde territorio español.
c) La exportación de las capturas realizadas por buques pesqueros españoles cuando así lo exijan los acuerdos previamente adoptados con terceros países.
Texto oficial de Control de Acceso a Puerto para Prevenir la Pesca Ilegal (BOE-A-2010-12273). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Control de Acceso a Puerto para Prevenir la Pesca Ilegal · BOE Fácil