CAPÍTULO III. Control de la entrada y salida de productos pesqueros de la pesca
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden retrotrae sus efectos al 1 de enero de 2010.
Madrid, 27 de julio de 2010.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.
Texto oficial de Control de Acceso a Puerto para Prevenir la Pesca Ilegal (BOE-A-2010-12273). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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