Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 de diciembre del año anterior al que se celebren las elecciones municipales y el 15 de enero de ese año, ambos inclusive.
Los Ayuntamientos enviarán las solicitudes a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su provincia conforme las tramiten y, en cualquier caso, antes del día 20 de enero del año en el que se celebren las elecciones.
> <small>Se amplía el plazo hasta el 25 de enero para las elecciones de 22 de mayo de 2011, por el art. único de la Orden EHA/3/2011, de 13 de enero. [Ref. BOE-A-2011-693](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-693).</small>
Texto oficial de Censo Electoral de Extranjeros con Acuerdo de Reciprocidad en Elecciones Municipales (BOE-A-2010-13463). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Plazo de las solicitudes. — Censo Electoral de Extranjeros con Acuerdo de Reciprocidad en Elecciones Municipales · BOE Fácil