CAPÍTULO IV. Medidas para la mejora de la intermediación laboral y sobre la actuación de las empresas de trabajo temporal
Disposición adicional decimoctava. Trabajadores transfronterizos de Andorra.
1. El Gobierno impulsará la modificación del convenio de seguridad social entre España y Andorra para mejorar la protección social de los trabajadores transfronterizos contemplando la cobertura por desempleo de los trabajadores que residan en un Estado y trabajen en otro.
2. En tanto se modifica el Convenio, conforme a lo indicado en el párrafo anterior, los españoles que residen en España y trabajen en Andorra, siempre que acrediten periodos suficientes de ocupación cotizada previamente en España y cumplan el resto de los requisitos exigidos, podrán acceder a las prestaciones por desempleo en España al quedar en situación legal de desempleo en Andorra.
Texto oficial de Ley de la Reforma Laboral de 2010 (BOE-A-2010-14301). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional decimoctava. Trabajadores transfronterizos de Andorra. — Ley de la Reforma Laboral de 2010 · BOE Fácil