CAPÍTULO III. Autorización de personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas
Disposición transitoria primera. Adaptación de las entidades especializadas.
Texto oficial de Acreditación de Entidades Especializadas como Servicios de Prevención (BOE-A-2010-14843). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
