orden · BOE-A-2010-14843
Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 28/9/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo e Inmigración
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden desarrolla el Reglamento de los Servicios de Prevención en lo referido a la acreditación de las entidades especializadas que actúan como servicios de prevención ajenos a las empresas, a la memoria anual de actividades preventivas que deben presentar, y a la autorización de quienes auditan los sistemas de prevención de riesgos laborales. Sustituye a la Orden de 27 de junio de 1997 para adaptarla a las modificaciones del Real Decreto 337/2010.
A quién afecta: Las entidades especializadas que actúan como servicios de prevención ajenos a las empresas, los servicios de prevención mancomunados entre empresas de un mismo grupo, las personas y entidades que auditan los sistemas de prevención de riesgos laborales, y la autoridad laboral competente.
- Las entidades especializadas deben mantener en plantilla un número mínimo de técnicos según las ratios de dimensionamiento del anexo I, y disponer de las instalaciones e instrumentación mínimas del anexo II para realizar pruebas, mediciones y análisis preventivos.
- La solicitud de acreditación se presenta ante la autoridad laboral del lugar donde radiquen las instalaciones principales de la entidad, entendidas como aquellas con mayor número de trabajadores dedicados a actividades preventivas.
- Las entidades acreditadas deben presentar una memoria anual de actividades preventivas, con un contenido tasado tanto por cada empresa con la que hayan concertado la actividad preventiva como del conjunto agregado de su actividad.
- Los servicios de prevención mancomunados constituidos entre empresas de un mismo grupo dimensionan sus recursos humanos según la dispersión geográfica de los centros, el número de trabajadores cubiertos, la peligrosidad de las actividades y el tiempo de respuesta necesario.
- Se ajusta el sistema de autorización de las personas y entidades que auditan los sistemas de prevención de las empresas a la Ley 25/2009, que estableció un sistema de acreditación única en aplicación de la normativa sobre libre acceso a las actividades de servicios.
¿Qué debe acreditar una entidad para actuar como servicio de prevención ajeno?
Debe disponer de un número mínimo de técnicos en plantilla según las ratios fijadas en el anexo I de la orden, y de las instalaciones e instrumentación mínimas del anexo II para realizar las pruebas, mediciones y análisis propios de la actividad preventiva.
¿Qué es la memoria anual de actividades preventivas?
Es el documento que las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención ajenos deben poner a disposición de la autoridad laboral cada año, con datos tanto de cada empresa concertada como del conjunto agregado de su actividad.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Reglamento de los Servicios de Prevención (38 menciones)
- Cita a: Ley de Prevención de Riesgos Laborales (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (2 menciones)
- Cita a: Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (1 menciones)
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