Artículo 10. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
1. Corresponde al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo, de telecomunicaciones y de la sociedad de la información.
2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
b) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
c) La Secretaría de Estado de Energía.
Texto oficial de Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2010-16023). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. — Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales · BOE Fácil