1. Corresponde al Ministerio de Trabajo e Inmigración la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia laboral, de ordenación y regulación del empleo y de Seguridad Social, así como el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración.
2. El Ministerio de Trabajo e Inmigración se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
b) La Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
c) La Secretaría de Estado de Empleo.
Texto oficial de Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2010-16023). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Ministerio de Trabajo e Inmigración. — Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales · BOE Fácil