ANEXO. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL DEPORTE
Artículo 3. Coordinación.
Para la aplicación del presente reglamento se establecerá un procedimiento de colaboración con las comunidades autónomas tendente a asegurar una aplicación general y homogénea de las medidas recogidas en el mismo.
Asimismo y en la medida que fuera necesario se establecerán mecanismos de colaboración con las entidades locales para asegurar el adecuado funcionamiento en esta materia de sus servicios de seguridad y la aplicación armónica de las medidas que se prevén en el presente reglamento.
Texto oficial de Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (BOE-A-2010-3904). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Coordinación. — Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte · BOE Fácil