1. Los centros escolares españoles que deseen ofrecer las enseñanzas conducentes a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat deberán implantar un currículo mixto integrador de los contenidos esenciales para el conocimiento de la realidad histórica, social y política de Francia, así como los métodos pedagógicos y los criterios de evaluación acordados por las Partes.
2. El alumnado acogido a este programa deberá recibir, al menos, un tercio del horario lectivo en lengua francesa en el conjunto del Bachillerato.
Texto oficial de Doble Titulación Bachiller-Baccalauréat (BOE-A-2010-4130). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.