real decreto · BOE-A-2010-4130
Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/3/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación
Este real decreto regula las enseñanzas conducentes a la doble titulación de Bachiller español y Baccalauréat francés en centros docentes españoles.
A quién afecta: Centros escolares españoles autorizados y alumnado del programa de doble titulación.
- Los centros deben implantar un currículo mixto con contenidos de la realidad histórica, social y política de Francia.
- El alumnado debe recibir al menos un tercio del horario lectivo del Bachillerato en lengua francesa.
- Al finalizar el segundo curso de Bachillerato, el alumnado debe superar una prueba externa sobre las materias específicas del currículo mixto.
- Quien supere la prueba obtiene el título de Baccalauréat otorgado por el Ministerio de Educación Nacional francés, además del título de Bachiller español.
¿Qué proporción del horario lectivo del Bachillerato debe impartirse en lengua francesa en este programa de doble titulación?
Al menos un tercio del horario lectivo en el conjunto del Bachillerato.
Normas relacionadas
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Modificada por: Real Decreto de Acceso a las Enseñanzas Universitarias de Grado (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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