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real decreto · BOE-A-2010-44

Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero

Estado
Vigente
Publicación
2/1/2010
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Este real decreto regula los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.

A quién afecta: Españoles residentes en el extranjero inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes.

  • Se constituye un Consejo de Residentes Españoles por elección en cada circunscripción consular con al menos 1.200 electores inscritos.
  • Los consejeros son elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto entre los españoles mayores de edad del censo consular.
  • El número de consejeros varía entre siete, once y quince según el tamaño del censo electoral de la circunscripción.
  • El mandato de los consejeros tiene una duración de cuatro años y los cargos del Consejo no son remunerados.
¿Cuántos electores mínimo deben estar inscritos en una circunscripción consular para constituir un Consejo de Residentes Españoles?

Mil doscientos electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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