TÍTULO III. De los centros de enseñanzas artísticas superiores · CAPÍTULO VII. De los centros de enseñanzas artísticas superiores de artes plásticas
Artículo 32. Relación numérica profesor-alumno.
Los centros que impartan las enseñanzas artísticas superiores de cerámica, tendrán una relación máxima de 1/20 en las clases teóricas, y 1/10 en las clases teórico-prácticas y en los talleres.
Texto oficial de Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE-A-2010-5662). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. Relación numérica profesor-alumno. — Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación · BOE Fácil