real decreto · BOE-A-2010-8322
Real Decreto 637/2010, de 14 de mayo, por el que se prevé la incorporación de los deportistas de alto nivel a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 25/5/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto prevé la valoración de la condición de deportista de alto nivel como mérito para el acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
A quién afecta: Deportistas de alto nivel y aspirantes al Cuerpo Nacional de Policía y a la Guardia Civil.
- Considera la condición de deportista de alto nivel como mérito evaluable en las pruebas selectivas de acceso a la Policía y la Guardia Civil.
- Se valora haber ostentado esa condición en los últimos cinco años desde la fecha de publicación de la convocatoria.
- También se considera mérito en los concursos de provisión de destinos relacionados con actividades físicas y deportivas.
- Modifica el Real Decreto 971/2007 sobre deportistas de alto nivel y varios reglamentos de ingreso en la Policía y la Guardia Civil.
¿Durante cuántos años se puede valorar la condición de deportista de alto nivel como mérito de acceso a la Policía o la Guardia Civil?
Durante los últimos cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (1 menciones)
- Modifica a: Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía (1 notas)
- Deroga a: Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía (1 notas)
- Modifica a: Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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