Disposición final cuarta. Modificación de la disposición adicional quinta de la Orden INT/4008/2005, de 16 de diciembre, incorporada a la Orden de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
Se da nueva redacción a esta disposición adicional quinta, manteniendo su actual rango normativo:
###### «Disposición adicional quinta. Deportistas de alto nivel.
Asimismo, también será considerado como mérito para el ingreso y la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía haber ostentado la condición de deportista de alto nivel en los últimos cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Dicho mérito será valorado de acuerdo con lo dispuesto en la normativa específica.»
Texto oficial de Deportistas de Alto Nivel en las Fuerzas de Seguridad (BOE-A-2010-8322). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Modificación de la disposición adicional quinta de la Orden INT/4008/2005, de 16 de diciembre, incorporada a la Orden de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. — Deportistas de Alto Nivel en las Fuerzas de Seguridad · BOE Fácil