CAPÍTULO IV. Especialidades fundamentales en el Ejército del Aire · Sección 1.ª Cuerpo General
Artículo 22. Escala de tropa.
En la Escala de Tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
b) Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico.
c) Auxiliar de Mantenimiento de Armamento.
d) Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica.
e) Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos.
f) Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras.
g) Auxiliar de Mando y Control.
h) Operador de Equipos y Sistemas.
i) Operaciones en Plataforma Aérea.
j) Combustibles.
k) Contraincendios.
l) Cartografía e Imagen.
m) Apoyo Sanitario.
n) Administración.
ñ) Hostelería.
o) Música.
> <small>Se modifica por el art. único.7 del Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre. [Ref. BOE-A-2016-11478](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-11478).</small>
Texto oficial de Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2010-8698). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Escala de tropa. — Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil