CAPÍTULO IV. Especialidades fundamentales en el Ejército del Aire · Sección 1.ª Cuerpo General
Artículo 21. Escala de suboficiales.
En la Escala de Suboficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
b) Mantenimiento Aeronáutico.
c) Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa.
d) Mantenimiento de Electrónica.
e) Control Aéreo.
f) Administración.
> <small>Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre. [Ref. BOE-A-2016-11478](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-11478).</small>
Texto oficial de Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2010-8698). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 21. Escala de suboficiales. — Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil