real decreto · BOE-A-2010-9713
Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 19/6/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Fomento
Este real decreto regula el otorgamiento de permisos temporales de navegación a embarcaciones de recreo no matriculadas destinadas a exhibición o pruebas antes de su adquisición.
A quién afecta: Empresas importadoras, constructoras, concesionarias o distribuidoras de embarcaciones de recreo.
- Regula los permisos temporales de navegación para embarcaciones de recreo exhibidas en salones náuticos, puertos o exposiciones antes de su adquisición.
- El procedimiento se inicia a instancia de las empresas importadoras, constructoras, concesionarias o distribuidoras, mediante solicitud a la Dirección General de la Marina Mercante.
- La solicitud debe acompañarse del número de identificación de la embarcación (CIN) y de la declaración de conformidad de embarcaciones y motores o marcado CE.
- El permiso se resuelve en un plazo de 15 días y su validez no puede superar los seis meses.
¿Cuál es el plazo máximo de validez de un permiso temporal de navegación?
Seis meses.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (1 menciones)
- Modificada por: Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima (3 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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