real decreto · BOE-A-2011-10132
Real Decreto 799/2011, de 10 de junio, por el que se establecen las obligaciones que incumben al Ministerio de Fomento en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación marina sobre buques españoles
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 11/6/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Fomento
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece las obligaciones que incumben al Ministerio de Fomento en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación marina sobre buques españoles.
A quién afecta: Ministerio de Fomento, Dirección General de la Marina Mercante y buques abanderados en España.
- Regula las obligaciones del Estado de abanderamiento español para mejorar la seguridad de los buques y prevenir la contaminación marina.
- Antes de permitir que un buque abanderado en España comience a operar, la Dirección General de la Marina Mercante debe garantizar que cumple las normas internacionales aplicables.
- Cuando un buque español es inmovilizado por el Estado rector de un puerto, la Dirección General de la Marina Mercante debe supervisar su adaptación a los convenios de la OMI.
- La actividad de la Dirección General de la Marina Mercante debe someterse a auditoría de la Organización Marítima Internacional al menos cada siete años.
¿Con qué periodicidad se audita la actividad de la Dirección General de la Marina Mercante por la OMI?
Al menos cada siete años, en función de la disponibilidad de dicha organización.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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