CAPÍTULO V. Cómputo de la venta minorista y el arrendamiento de obras cinematográficas en soporte físico
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de junio de 2011.–La Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde Reig.
Texto oficial de Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición (BOE-A-2011-11110). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Entrada en vigor. — Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición · BOE Fácil