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CAPÍTULO III. Comisión asesora de acreditación y valoración en materia de títulos, licencias y habilitaciones de pilotos de helicóptero

Disposición adicional cuarta. Tiempo de vuelo aceptable para la revalidación y renovación de licencias y habilitaciones civiles que faculten para ejercer funciones en helicópteros de matrícula española.

Texto oficial de Valoración de la Formación de Piloto Militar de Helicóptero para Licencias Civiles (BOE-A-2011-12634). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.