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Normas estatutarias de la mutualidad general judicial · Sección 5.ª Adquisición, administración y disposición de los bienes patrimoniales

Artículo 131. Adquisición a título oneroso de los bienes inmuebles.

Texto oficial de Reglamento del Mutualismo Judicial (BOE-A-2011-13384). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 131. Adquisición a título oneroso de los bienes inmuebles. — Reglamento del Mutualismo Judicial · BOE Fácil