TÍTULO V. De la evitación del proceso · CAPÍTULO I. De la conciliación o mediación previas y de los laudos arbitrales
Artículo 63. Conciliación o mediación previas.
Texto oficial de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (BOE-A-2011-15936). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
