TÍTULO III. Créditos, préstamos y servicios de pago · CAPÍTULO II BIS. Hipoteca inversa · Sección 2.ª Información precontractual
Artículo 32. novies. Ficha de información precontractual.
1. Las entidades deberán proporcionar a los clientes que soliciten cualquiera de estos servicios, información clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan. Esta información, que será gratuita y tendrá carácter orientativo, se facilitará mediante la ficha de información precontractual (FIPRE) que figura en el anexo III.
2. La ficha de información precontractual estará a disposición de los clientes de préstamos, de forma gratuita, en todos los canales de comercialización utilizados por la entidad.
> Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el art. 2.14 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. [Ref. BOE-A-2019-6301](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-6301), entra en vigor el 16 de junio de 2019 según determina su disposición final 3.
> <small>Se añade por el art. 2.14 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. [Ref. BOE-A-2019-6301](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-6301)</small>
> <small>Esta actualización entra en vigor el 16 de junio de 2019 según determina la disposición final 3 de la citada Orden.</small>
Texto oficial de Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (BOE-A-2011-17015). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.