CAPÍTULO I. Autoridades y funcionarios competentes para emitir Apostillas y documentos a apostillar
Artículo 4. De la Apostilla de los documentos autorizados por autoridades o funcionarios judiciales del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional.
Serán competentes para realizar la legalización única o Apostilla de los documentos autorizados por las autoridades o funcionarios judiciales competentes del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional, de forma exclusiva, sus respectivos Secretarios de Gobierno, quienes les sustituyan legalmente o aquellos en quienes éstos deleguen.
Texto oficial de Real Decreto de Competencia para la Apostilla de Documentos (BOE-A-2011-17892). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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